Prisión Preventiva

Por Daniela Herrera Martínez

La prisión preventiva es una de las catorce medidas cautelares que regula el código nacional de procedimientos penales. ¿Y qué es una medida cautelar? Son restricciones o limitaciones temporales de derechos, impuestas a la persona imputada en audiencia por una jueza o juez, lo anterior con el objetivo o fin de tres situaciones: garantizar/asegurar la presencia de la persona imputada en el proceso, garantizar la seguridad de la víctima, ofendido o testigos y para evitar la obstaculización del proceso.
La transformación de las prácticas de la utilización de las medidas cautelares constituye una de las más importantes apuestas de la reforma constitucional de 2008; en consecuencia, el uso racional de ellas constituye una de las metas más importantes del nuevo sistema; en este caso, la prisión preventiva (que es la que causa más afectación al procesado) nunca se buscó eliminar, sino regular su abuso.
Las medidas cautelares, en especial la prisión preventiva, se enfrenta siempre a una polémica, pues se trata de una ponderación de derechos, que por supuesto es difícil de afrontar, por la complejidad de poder conciliar, por una parte, la necesidad de proteger a la sociedad y, en especial, a la víctima u ofendido del delito, sobre la obligación también, de respetar los derechos del individuo sujeto a proceso.
Para imponer una medida cautelar, siempre se deben atender los principios de proporcionalidad, racionalidad, idoneidad y necesidad de cautela para decidir cuál o cuáles se debe imponer y el por qué. Éstas no pueden ser utilizadas como medio para que se reconozca la culpabilidad ni tampoco como sanción penal. La prisión preventiva será aplicada cuando las otras no sean suficientes para los fines que referimos con anterioridad y ésta, a diferencia de la pena privativa de la libertad, debe tener una justificación distinta ya que su naturaleza jurídica no es la de una sanción, sino la de una medida cautelar,
La pena privativa de la libertad personal sólo es justificada como una sanción cuando es impuesta a la persona que ya se determinó, mediante resolución judicial que es responsable de un delito, sin embargo, la prisión preventiva es otra modalidad de restricción a la libertad personal, que debería se aplicada en el proceso penal mexicano de manera excepcional.

Existe también la llamada prisión preventiva oficiosa, que no es solicitada por ningunas de las partes, sino ordenada por el Juez de control en los casos de los delitos a que se refiere el numeral 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales.
A manera de conclusión, siempre se debe ser cuidadoso y responsable, al momento de solicitar prisión preventiva (cualquiera que sea tu posición en el proceso), así como al momento de ordenarla, atendiendo siempre a lo dispuesto por el código y considerando que la prisión preventiva debe utilizarse de manera excepcional y no como regla.


Abogada penalista, Especialista en Derecho de Ejecución Penal

@dannieherrera