Metro: Protocolo de Actuación y Terrorismo

Ricardo Peralta Saucedo

El Código Penal Federal en su artículo 140 impone una sanción de hasta 20 años de prisión a quien dañe, destruya, perjudique o entorpezca ilícitamente vías de comunicación; el sabotaje, así como el artículo 139, que sanciona el terrorismo con una pena de hasta 40 años a quien utilice explosivos o cualquier medio violento para, intencionalmente, realizar actos en contra de bienes o servicios, sean estos públicos o privados, o se atente contra la vida de personas, causando temor o terror en la población o a un sector de ella, atentando contra la seguridad nacional, y han sido dos líneas de investigación donde se sospecha su comisión en las instalaciones del Metro.

Ambos delitos son motivo de interés nacional e internacional, sobre todo cuando se utilizan recursos de cualquier origen para financiarlos, ya que algunos ejemplos desafortunados en instalaciones estratégicas de otros países han hecho necesaria la presencia de sus Fuerzas Armadas, como el Ejército, Guardia Nacional, Guardia Civil, Policía Nacional o cualquiera de sus denominaciones. En muchos países del mundo como Estados Unidos, Inglaterra, Francia, España, Colombia o Rusia, sólo por mencionar a algunos, se les utiliza en aeropuertos, estaciones de tren, puertos marítimos y en todas las vías de comunicación y fuentes de energía que son consideradas estratégicas, ya sea por la importancia económica o por la cantidad de personas que transporta.

Para todos esos efectos, a nivel internacional se han emitido Protocolos de Actuación Policial, donde el personal utilizado tiene diversas capacitaciones. En nuestro país se han emitido cuando menos 6: el Protocolo Nacional de Primer Respondiente, el de Cadena de Custodia, de Actuación en Materia de Violencia de Género, Atención a Víctimas y Grupos Vulnerables, Uso Legítimo de la Fuerza y Para la Función de Prevención o Reacción.

La presencia de la Guardia Nacional en el Metro, con la lógica anteriormente señalada, justifica su presencia ante la sospecha por parte de la autoridad de la comisión de actos de sabotaje y la suspicacia no es menor, pues, de poderse acreditar, los involucrados podrían, eventualmente, ser condenados a más de 80 años de prisión si en todo caso los primeros respondientes, investigadores, peritos y el propio agente del ministerio público federal encontraran la suficiente probanza para iniciar carpetas de investigación y evitar las tragedias que en el Metro de la Ciudad de México han venido ocurriendo con por lo menos dos eventos fatales semanales.

Aceptando sin conceder que la premisa sea la prevención de cualquier delito cometido al interior de las instalaciones estratégicas del Metro, la presencia de 6 mil elementos de la Guardia Nacional, más 4 mil de la Policía Auxiliar, harían del Metro el lugar más seguro de todo el país, donde difícilmente los delitos que se cometen diario, como abuso sexual, el robo a transeúntes, lesiones y cualquier otro debería arrojar un índice de criminalidad igual a cero.

Más allá de ello, las instalaciones que tienen más de 50 años y su uso permanente en cualquier parte del mundo están sujetos al desgaste natural, y su operación se debe mantener actualizada con la tecnología de punta que se utiliza en todo el planeta, donde el mantenimiento no está sujeto a ninguna discusión. Una simple auditoría, con un peritaje especializado internacional, sin duda, resolverá la incógnita.

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