EL PROCESO PENAL EN EL ESTADO DE CALIFORNIA (USA)

Por Benjamín Canela Manzo


La Constitución de los Estados Unidos es la ley suprema de los Estados Unidos de América. Fue adoptada en su forma original el 17 de septiembre de 1787 por la Convención Constitucional de Filadelfia (Pensilvania) y luego ratificada por el pueblo en convenciones en cada estado en el nombre de «Nosotros el Pueblo»

El Artículo III de la Constitución de los Estados Unidos crea el Poder Judicial del gobierno federal de ese país. El Poder Judicial está formado por la Corte Suprema de los Estados Unidos y los tribunales federales de inferior rango legalmente establecidos por el Congreso.
Segunda Sección: Jurisdicción federal y juicio con jurado

  1. El Poder Judicial entenderá en todas las controversias, tanto de derecho escrito como de equidad, que surjan como consecuencia de esta Constitución, de las leyes de los Estados Unidos y de los tratados celebrados o que se celebren bajo su autoridad; en todas las controversias que se relacionen con embajadores, otros ministros públicos y cónsules; en todas las controversias de la jurisdicción de almirantazgo y marítima; en las controversias en que sean parte los Estados Unidos; en las controversias entre dos o más Estados, entre un Estado y los ciudadanos de otro, entre ciudadanos de Estados diferentes, entre ciudadanos del mismo Estado que reclamen tierras en virtud de concesiones de diferentes Estados y entre un Estado o los ciudadanos del mismo y Estados, ciudadanos o súbditos extranjeros.
  2. En todos los casos relativos a embajadores, otros ministros públicos y cónsules, así como en aquellos en que sea parte un Estado, la Corte Suprema poseerá jurisdicción en única instancia. En todos los demás casos que antes se mencionaron la Corte Suprema conocerá en apelación, tanto del derecho como de los hechos, con las excepciones y con arreglo a la reglamentación que formule el Congreso.
  3. Todos los delitos serán juzgados por medio de un jurado excepto en los casos de acusación por responsabilidades oficiales y el juicio de que se habla tendrá lugar en el Estado en que el delito se haya cometido; pero cuando no se haya cometido dentro de los límites de ningún Estado, el juicio se celebrará en el lugar o lugares que el Congreso haya dispuesto por medio de una ley.

A continuación explicaremos en términos generales en el presente Artículo el proceso criminal en el Estado de California.

Cuando comienza el proceso de un sujeto detenido en Estados Unidos en este caso en el Estado de California, lo primero que hace la autoridad es decirle al sujeto porqué fue detenido y decirle sus derechos y es puesto a disposición en el condado más cercano a su detención, si el detenido no es ciudadano Estadounidense se hace saber al área de relaciones exteriores para que esta a su vez haga saber al Consulado del país al que pertenece el presunto delincuente de su detención y de los cargos por los cuáles está privado de su libertad, para que la Embajada se ponga en contacto con la familia para que conozcan sobre la situación del detenido, dónde se encuentra y cuáles son los cargos de los que se le acusa así como saber si tienen las posibilidades de viajar y de estar con él.

Mientras espera que inicie su juicio el detenido se encuentra en una penitenciaria, no es un reclusorio, sino un lugar dónde se encuentran las personas que no tienen sentencia y que esperan un juicio, lugar donde sólo las personas que el detenido designe le pueden visitar, están clasificados por delitos y por grado de peligrosidad, en las visitas no está permitido en ningún momento el contacto físico y hay reglas para la vestimenta por ejemplo no llevar joyas ni nada brilloso, no llevar faldas en el caso de las mujeres ni escotes.

Para iniciar el proceso le asignan un abogado del Estado para su defensa, en caso de que él no pueda pagar uno privado, este abogado le lee sus derechos y en caso de que el abogado no hable el idioma del detenido tiene que ser asistido en todo momento por un traductor para que estén seguros de que el detenido sabe en qué sentido va a ir su defensa, que conoce sus Derechos y de que se le acusa, este abogado le garantiza al acusado la mejor defensa posible.
EL Estado para juzgar a esta persona toma en cuenta todo su entorno social, su entorno familiar, ya que existe una Institución llamada PROBATION que llama al domicilio del acusado, habla con su familia y le hacen un interrogatorio acerca de cómo vive, a qué se dedica, que hacen cada uno de los miembros de la familia etc., realiza una serie de preguntas para saber que lo motivo a llevar a cabo esa conducta y esas respuestas son tomadas en cuenta para el juicio y se le hacen llegar al juez, se preocupan por llegar a la verdad de cuál fue el motivo por el cuál realizo el delito y saber cómo poder ayudar a ese individuo en la readaptación social.

Una vez llegado al juicio se da la primera Audiencia dónde se leen los cargos y se le pide al acusado que diga cómo se declara, si culpable o inocente, el abogado expone los argumentos que tenga a favor del inculpado y son escuchados por el juez para determinar si es un delito que alcanza fianza o no. Aquí es muy importante para el juez la sinceridad del acusado ya que de ser culpable y declararse así es tomado en cuenta para su sentencia y en muchas ocasiones esto es aconsejado por el abogado público, ya que siempre hablar con la verdad será tomado en cuenta a la hora de ser juzgado.

Si no alcanza fianza por el tipo de delito se llega a una segunda Audiencia donde tanto el Fiscal como el abogado defensor hacen sus alegatos uno para buscar que el acusado sea sentenciado y el otro para evitar que tenga una pena larga o bien para abogar por su libertad. Cabe señalar que si el acusado no habla inglés todo el tiempo trae puestos unos audífonos dónde una persona le va traduciendo toda la Audiencia y lo que dice cada una de las personas, tanto el Fiscal, el abogado defensor y el juez, así como las personas que se encuentran en el público que en ocasiones pueden ser los familiares.

Se llega a una tercer Audiencia donde es la Audiencia de sentencia y se dan los alegatos finales tanto de la fiscalía como de la defensa, aquí se toma en cuenta el dictamen de la llamada que realiza PROBATION y se señalan todas las pruebas que existen a favor y en contra del acusado, el juez le da la palabra al acusado antes de dictar sentencia para que pueda defenderse por el mismo aquí es donde el juez toma en cuenta el entorno social y la vida que ha llevado este sujeto antes de cometer el delito del que se le acusa, toma en cuenta lo que le dice PROBATION, le da un valor importante incluso a cartas de recomendación que muchas veces la defensa hace usos de estas para demostrar el tipo de persona que es el acusado o cómo era su vida antes de ser detenido.

El juez se allega de todos estos elementos para determinar la culpabilidad y la sentencia a imponer, lo que significa que intentan llegar a la verdad jurídica de los hechos y a entender el entorno social en el que se desenvuelve el acusado.

CATEDRÁTICO DE LA FACULTAD DE DERECHO POR LA UNAM

19 AÑOS DE ANTIGÜEDAD ACADÉMICA

ESPECIALISTA EN JUICIO DE AMPARO

MPARTE LAS CÁTEDRAS DE DERECHO PENAL MILITAR Y DERECHO ADMINISTRATIVO