Determina SCJN que miembros de PF conserven grado y prestaciones en GN

Por Irais Flores

Los elementos de la Policía Federal deberán conservar su grado y prestaciones, incluyendo remuneraciones ordinarias, beneficios, asignaciones, gratificaciones, retribuciones, haberes, compensaciones o cualquier otro concepto que percibían en el monto, condiciones y periodicidad con las que se les pagaban, cuando se incorporen a la Guardia Nacional.

El acuerdo por el que se establecen los elementos de la Policía Federal, de la Policía Militar y de la Policía Naval que integrarán la Guardia Nacional, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de junio de 2019, al no prever que los elementos provenientes de la Policía Federal conservarán su rango y todas sus prestaciones al incorporarse a la nueva institución de seguridad pública, resulta violatorio del mencionado artículo Tercero Transitorio del Decreto de reforma constitucional.

Como parte de dos amparos de revisión, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) consideró que los artículos Décimo Tercero y Décimo Cuarto transitorios de la Ley de la Guardia Nacional, 162, 164 y Quinto Transitorio de su reglamento, no transgreden el artículo Tercero Transitorio del Decreto Política relativas a la Guardia Nacional, basta la sola existencia del mandato del Constituyente Permanente para que subsista esa prerrogativa.