Por Georgina Aguillón del Real.
Si el psicoanálisis irrealiza el crimen,
No deshumaniza al criminal.
Jacques Lacan.
Desde la perspectiva psicoanalítica, no se deshumaniza al criminal, ya que el sujeto de lo inconsciente busca insertarse en el nudo simbólico de la ley, la ley tomada en consideración más allá de un Código Jurídico, en este caso, el código es la inscripción del deseo del otro, al criminal se le considera como el Otro que es malo, como un extranjero, sin embargo el deseo del otro es éxtimo (externo-interno), tomado en consideración como ese neologismo que inserta Lacan, para referirse a lo que está más cerca de lo interno, pero que no deja de encontrarse con el exterior, como una botella de Klein.
Lo que se rechaza y expulsa es al criminal que se señala como algo que no es humano, y de hecho se le nombra como “mounstruo”, como “caníbal”, como “asesino serial”, es una forma de quitarle su calidad humana, su dignidad, sobre todo en los casos que son señalados socialmente como atroces, condenados por la humanidad, por ejemplo los casos de Garavito en Colombia, Kuklinski y Fish en Estados Unidos, Chikatilo en Rusia y Cárdenas en México.
Recordemos que en el año 2006, en la Ciudad de México detuvieron a una persona acusada de asesinar a varias mujeres de la tercera edad, se le sentenció a 756 años y cuando refiere que le dijeron la cantidad de años a la que se le sentenció no quiso firmar, recuerdo que de ese momento nos comentó: “cuando me dijeron la cantidad de años que iba a pasar aquí no firmé, le dije al Juez que si me garantizaba que iba a vivir esa cantidad de años firmaba”, ahí en su discurso existe un esbozo de percatarse justo de la deshumanización del criminal, donde no se permite la resignificación del acto criminal, en su caso no existe un cambio de posición subjetiva, se le toma como un objeto de experimentación, como algo extraño, ominoso, que provoca horror, no en sí por el acto que cometió y por el cual jurídicamente se le acusa, sino por lo que es y representa subjetivamente. Recuerdo que antes de que se le sentenciara jurídicamente, se escribieron dos libros, uno de ellos hacía referencia a una evaluación neuropsicológica, donde se mencionaban aspectos de la vida personal de la persona valorada, así como diversas fotografías de ella en el momento en que era sometida a dicha evaluación. Cabe mencionar que según lo referido por la evaluada, no dio su autorización en ese momento para que se escribiera un libro al respecto, y menos hacer referencia a su vida privada y tampoco a publicar las fotografías. El otro libro que se escribió acerca de ella de igual forma se publicó antes de la sentencia, y también mostraba fotografías, de la casa así como de objetos personales, entre otras cosas de una figura de la santa muerte, de Malverde, y de ella con su traje de luchadora. “Rendía culto a la Santa Muerte y Malverde era su ideal” (Periódico Mexicano: “La Prensa”). Como si esos objetos en sí mismos fueran parte el delito, se le juzga por lo que aparenta ser, y digo aparenta porque las personas que la multievaluaron e inspeccionaron (como si fuera objeto de un experimento), creyeron la misma historia que les contó, y la juzgaron por lo que es y no por sus actos, que además dicho sea de paso, al revisar exhaustivamente el expediente, existían elementos que dejaban una duda razonable de su participación en todos los casos que se le imputaban.
La historia que menciona es de tener una infancia con vivencias y experiencias que no corresponden a su edad, y posteriormente el desarrollo de su vida a etapas de la adolescencia y edad adulta de igual forma las refiere como desafortunadas, pero no todas las personas que viven una infancia, adolescencia o adultez desafortunada por su historia quiere decir que cometerán algún acto delictivo, por el contrario, cualquier persona independiente a su nivel cultural, educativo o experiencias de vida puede realizar un acto criminal, de lo inconsciente nadie se salva. En el acto inconsciente criminal, algo dice al sujeto que lo comete, que ni él mismo conoce qué es, y es por ello que lo repite una y otra vez hasta que el sujeto lo escuche, y el significante en la cadena se puntúe y de paso al significado.
“Nos podemos preguntar qué es lo que es lo que se odia en el otro, para que los conceptos de extranjero y enemigo sean utilizados como sinónimos y nos respondemos: se odia la manera particular en que el otro goza. Pero el Otro es otro dentro de mí mismo y el racismo es el odio al propio goce. Si el otro está en mi interior, es posición de extimidad, es también mi propio odio” (Lucci, G. (Marzo, 2018). Extranjero, enemigo, éxtimo y a la vez tan cercano. Número 34. Virtualia. Obtenido de: Revista digital de la EOL. Año XVII.)
DERECHO PENAL DEL ENEMIGO Y LA DESHUMANIZACIÓN DEL CRIMINAL.
Por Georgina Aguillón del Real.
Si el psicoanálisis irrealiza el crimen,
No deshumaniza al criminal.
Jacques Lacan.
Desde la perspectiva psicoanalítica, no se deshumaniza al criminal, ya que el sujeto de lo inconsciente busca insertarse en el nudo simbólico de la ley, la ley tomada en consideración más allá de un Código Jurídico, en este caso, el código es la inscripción del deseo del otro, al criminal se le considera como el Otro que es malo, como un extranjero, sin embargo el deseo del otro es éxtimo (externo-interno), tomado en consideración como ese neologismo que inserta Lacan, para referirse a lo que está más cerca de lo interno, pero que no deja de encontrarse con el exterior, como una botella de Klein.
Lo que se rechaza y expulsa es al criminal que se señala como algo que no es humano, y de hecho se le nombra como “mounstruo”, como “caníbal”, como “asesino serial”, es una forma de quitarle su calidad humana, su dignidad, sobre todo en los casos que son señalados socialmente como atroces, condenados por la humanidad, por ejemplo los casos de Garavito en Colombia, Kuklinski y Fish en Estados Unidos, Chikatilo en Rusia y Cárdenas en México.
Recordemos que en el año 2006, en la Ciudad de México detuvieron a una persona acusada de asesinar a varias mujeres de la tercera edad, se le sentenció a 756 años y cuando refiere que le dijeron la cantidad de años a la que se le sentenció no quiso firmar, recuerdo que de ese momento nos comentó: “cuando me dijeron la cantidad de años que iba a pasar aquí no firmé, le dije al Juez que si me garantizaba que iba a vivir esa cantidad de años firmaba”, ahí en su discurso existe un esbozo de percatarse justo de la deshumanización del criminal, donde no se permite la resignificación del acto criminal, en su caso no existe un cambio de posición subjetiva, se le toma como un objeto de experimentación, como algo extraño, ominoso, que provoca horror, no en sí por el acto que cometió y por el cual jurídicamente se le acusa, sino por lo que es y representa subjetivamente. Recuerdo que antes de que se le sentenciara jurídicamente, se escribieron dos libros, uno de ellos hacía referencia a una evaluación neuropsicológica, donde se mencionaban aspectos de la vida personal de la persona valorada, así como diversas fotografías de ella en el momento en que era sometida a dicha evaluación. Cabe mencionar que según lo referido por la evaluada, no dio su autorización en ese momento para que se escribiera un libro al respecto, y menos hacer referencia a su vida privada y tampoco a publicar las fotografías. El otro libro que se escribió acerca de ella de igual forma se publicó antes de la sentencia, y también mostraba fotografías, de la casa así como de objetos personales, entre otras cosas de una figura de la santa muerte, de Malverde, y de ella con su traje de luchadora. “Rendía culto a la Santa Muerte y Malverde era su ideal” (Periódico Mexicano: “La Prensa”). Como si esos objetos en sí mismos fueran parte el delito, se le juzga por lo que aparenta ser, y digo aparenta porque las personas que la multievaluaron e inspeccionaron (como si fuera objeto de un experimento), creyeron la misma historia que les contó, y la juzgaron por lo que es y no por sus actos, que además dicho sea de paso, al revisar exhaustivamente el expediente, existían elementos que dejaban una duda razonable de su participación en todos los casos que se le imputaban.
La historia que menciona es de tener una infancia con vivencias y experiencias que no corresponden a su edad, y posteriormente el desarrollo de su vida a etapas de la adolescencia y edad adulta de igual forma las refiere como desafortunadas, pero no todas las personas que viven una infancia, adolescencia o adultez desafortunada por su historia quiere decir que cometerán algún acto delictivo, por el contrario, cualquier persona independiente a su nivel cultural, educativo o experiencias de vida puede realizar un acto criminal, de lo inconsciente nadie se salva. En el acto inconsciente criminal, algo dice al sujeto que lo comete, que ni él mismo conoce qué es, y es por ello que lo repite una y otra vez hasta que el sujeto lo escuche, y el significante en la cadena se puntúe y de paso al significado.
“Nos podemos preguntar qué es lo que es lo que se odia en el otro, para que los conceptos de extranjero y enemigo sean utilizados como sinónimos y nos respondemos: se odia la manera particular en que el otro goza. Pero el Otro es otro dentro de mí mismo y el racismo es el odio al propio goce. Si el otro está en mi interior, es posición de extimidad, es también mi propio odio” (Lucci, G. (Marzo, 2018). Extranjero, enemigo, éxtimo y a la vez tan cercano. Número 34. Virtualia. Obtenido de: Revista digital de la EOL. Año XVII.)
Psicoanalista de orientación freudiana y lacaniana
Perito independiente en psicología jurídica y forense.
Consultor técnico en psicología.
Docente a nivel superior de diversas Universidades Públicas y Privadas.
@AguillonDel