Por Irais Flores
El Tribunal Electoral de la Ciudad de México modificó resultados en los distritos 1,4 y 9 por irregularidades en diversas casillas, las cuales deberán tomarse en cuenta para la asignación de diputaciones por representación proporcional.
Además, y como medida principal sancionó a Karla Valeria Gómez Blancas por violencia política de género en contra de una persona candidata a la Alcaldía Milpa Alta.
En los distritos 1, 4 y 9, las Magistraturas determinaron anular cinco, diez y tres casillas, respectivamente, ya que en ellas participaron como funcionarias personas que no pertenecían a esa sección.
Por lo anterior, se ordenó modificar los respectivos cómputos distritales y, en consecuencia, ajustar el cómputo para la designación de diputaciones por el principio de representación proporcional, así como confirmar las declaraciones de validez y la entrega de las constancias de mayoría a favor de las fórmulas integradas por Alberto Martínez Urincho y Alberto Rangel Morena; Nazario Norberto Sánchez y Edgar Sánchez Pérez, así como, Esther Silvia Sánchez Barrios y Wesly Chantal Jiménez Hernández, respectivamente.
Finalmente, las Magistraturas determinaron sancionar a Karla Valeria Gómez Blancas, otrora candidata del PVEM a la Alcaldía Milpa Alta, por Violencia Política en contra de las Mujeres en Razón de Género, derivado de las expresiones que realizó en el “Debate Chilango” organizado por el Instituto Electoral de la Ciudad de México, en las que se desprende que la candidata postulada por los Partidos Acción Nacional, Revolucionario Institucional y de la Revolución Democrática había obtenido la nominación ya que su esposo no pudo hacerlo y más que por sus propios logros.
Por ello, el Pleno sancionó a Gómez Blancas con una multa correspondiente a 63 UMA 5 mil 646 6, cinco mil seiscientos cuarenta y seis pesos con seis centavos), la emisión de una disculpa pública y la obligación de realizar un curso o taller en materia de violencia política de género y/o violencia política contra las mujeres en razón de género, como garantía de no repetición de la conducta sancionada.
Una vez que la resolución cause estado, se procederá a inscribir a la responsable en el Catálogo de Personas Sancionadas de este Tribunal Electoral, así como en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género.